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La oposición al registro de una marca ante la Onapi: Qué Debes Saber.

Registrar una marca en la República Dominicana es solo el primer paso para protegerla eficazmente. Una parte crítica del proceso de defensa marcaria es ejercer el derecho de oposición ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) frente a solicitudes de marcas de terceros que sean idénticas o similares en grado de confusión a la tuya.

La oposición es la herramienta legal que permite a los titulares de marcas ya registradas o solicitadas defender su posicionamiento, reputación comercial y evitar el riesgo de confusión en el público consumidor.

El ejercicio oportuno del recurso de oposición permite evitar:

  • Que el consumidor confunda el origen empresarial de productos o servicios.
  • La dilución del valor y la fuerza distintiva de la marca.
  • El riesgo de que una marca nueva se beneficie de la reputación de una ya existente.
  • Conflictos legales posteriores más costosos.

La Ley No. 20-00 establece claramente el marco legal para el procedimiento de oposición, en especial:

  • El Artículo 125 otorga a cualquier tercero el derecho de presentar oposición contra el registro de una marca dentro del plazo legal.
  • El Artículo 126 permite que la oposición sea fundada en derechos anteriores registrados o solicitados previamente.
  • El Artículo 120 establece los impedimentos para el registro, incluyendo marcas que puedan inducir a error o confusión con una anterior.

En conjunto, estos artículos protegen tanto el derecho de uso exclusivo como la función distintiva de la marca en el mercado.

El objetivo principal que se busca con el recurso de oposición no es otro que el de impedir que ONAPI conceda el registro de una marca conflictiva susceptible de generar un riesgo de confusión o de asociación. Esto se logra demostrando que la marca publicada vulnera los derechos previos del opositor, ya sea por:

  • Similitud fonética, gráfica o conceptual entre las marcas en conflicto
  • Las marcas en conflicto poseen conexión competitiva.
  • Notoriedad o renombre de la marca anterior.
  • Ocurrirá un riesgo de confusión o de asociación que diluirá la fuerza distintiva de la marca anterior y una desviación del good will de la marca.

Dentro de los principales requisitos para presentar una oposición se encuentran:

  1. Estar dentro del plazo legal 45 días hábiles desde la publicación de la marca en el Boletín de ONAPI
  2. Fundamentar la oposición con base en derechos anteriores.
  3. Pagar la tasa administrativa correspondiente.
  4. Presentación formal escrita ante ONAPI, junto con anexos probatorios

En conclusión, la oposición no es una opción, es una necesidad, toda persona que posea una marca registrada o en trámite, debe monitorear constantemente los boletines de ONAPI. La oposición efectiva protege tu inversión, tu identidad comercial y evita conflictos legales futuros.

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24/oct/2025

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